Ley de Tercearizacion
Servicios
Control de Cumplimiento Ley de Tercerizaciónes
A través de este servicio Gestión Arte brinda información que permite supervisar a sus subcontratistas, intermediarios y empresas suministradoras de mano de obra y reducir la responsabilidad frente a incumplimientos de terceros.
Responsabilidad / Obligación Empresarial
En el marco la Ley 18.099, todo patrono o empresario que utilice subcontratistas, intermediarios o suministradores de mano de obra, es responsable solidario de las obligaciones laborales, pago de las contribuciones a la seguridad social, prima de accidente de trabajo y de las sanciones que se adeuden al BSE en relación a sus trabajadores.
Importancia de nuestro servicio
El servicio incluye el control de los siguientes procesos:
- Recibos y convenios aplicables
- Certificado DGI
- Planilla de Trabajo
- Certificado BSE
- Nómina BPS
- Certificado BPS
- Pago BPS
- Altas/Bajas/Modificaciones BPS
- Pago IRPF
- Pago prima BSE
Damos alta la obra en BPS. MTSS ,focer . Se liquidan los sueldos, se emite la nómina del BPS y factura de BPS así como la factura de fondos de la construcción.
¿QUE SUCEDE SI LA EMPRESA CONTRATADA NO ACREDITA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES? ¿PUEDEN RETENERSE LOS PAGOS?
Cuando la empresa contratada no acredita el cumplimiento de las obligaciones a su cargo en la forma señalada, la empresa principal tiene la posibilidad de retener de las obligaciones que tenga a favor de aquella, el monto correspondiente. Y luego deberá pagar al trabajador, a la entidad previsional acreedora y/o al BSE..